El seguro de responsabilidad civil para mascotas no es solo una opción en algunas comunidades de España. Te explicamos cuándo y dónde se impone la contratación de este tipo de pólizas.
En España hay una media de 5,4 millones de perros. Incluso, en algunos barrios del centro de Madrid, hay más perros que niños. Con tanto cuadrúpedo peludo suelto, algunos ayuntamientos y órganos de gobierno regional han decidido regular la presencia de estas mascotas.

Hace tiempo que es obligatorio la implantación del chip y las vacunas como medidas para registrar al animal en la sociedad y para garantizar una higiene pública adecuada, además de las ventajas que esto supone para el dueño y para el perro. Los seguros de responsabilidad social para perros potencialmente peligrosos (los famosos PPP) también son obligatorios, a la vez que hay un “boom” en los seguros para mascotas.
Los seguros para perros no eran obligatorios, pero dando un paso más, algunas comunidades autónomas han impuesto como obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil para perros.
¿Dónde son obligatorios los seguros para perros?
Por el momento, la Comunidad de Madrid y el País Vasco son las comunidades autónomas que obligan a todo dueño o dueña de un perro a contratar una póliza de seguros. Esto significa que, aunque no se tenga un perro denominado como PPP, se está igualmente obligado a adquirir un seguro de mascotas. En ambas comunidades se sanciona con multas a los dueños y dueñas que no hayan adquirido un seguro de responsabilidad civil.
Seguros para perros obligatorios en Madrid
En el artículo 6.2 de la Ordenanza reguladora de la tenencia y Protección de Animales de la Comunidad de Madrid se puede leer:
Todos los propietarios de perros quedan obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil, por la cuantía que reglamentariamente se determine, en el plazo de un mes desde la identificación del mismo.
De esta forma, el propietario o propietaria del perro será el único responsable de los perjuicios y daños que el animal ocasione a terceros, a sus propiedades y al medio en general.
¿A qué más obliga la normativa de Madrid?
Además del seguro obligatorio para perros, la normativa de Madrid también impone varios aspectos legales a los dueños y dueñas de animales:
- Pasaporte europeo para animales de compañía a la hora de viajar fuera de España.
- Autorización del Ayuntamiento para tener más de 5 perros y/o gatos.
- El uso de cadena o correa, además del bozal si se trata de un perro potencialmente peligroso.
- Poseer la documentación obligatoria del animal cada vez que se abandone el domicilio.
- El perro no se puede bañar en fuentes públicas.
- El perro no puede permanecer de manera prolongada en el patio o terraza de la casa del dueño o dueña.
- Los perros no pueden ir en el ascensor si hay más personas dentro.
- Si se posee un PPP, el dueño o dueña debe portar la licencia administrativa que le permite tener este tipo de mascota.
Seguros para perros en el País Vasco
El seguro obligatorio para perros en el País Vasco funciona de la misma manera que en Madrid. Igualmente, es obligatorio censar al animal tan pronto como se adquiera. En general, no hay más particularidades entre la Comunidad de Madrid y Euskadi.
En el caso de la comunidad vasca, es el decreto 101, aprobado en 2004, el que obliga a los propietarios y propietarias de perros a contratar el seguro sin distinguir entre razas consideradas como peligrosas y el resto de perros.
